El Tribunal Supremo ha decidido este lunes mantener las medidas cautelares—prohibición de salida de España, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales—para el exministro José Luis Ábalos y su asesor Koldo García, rechazando las solicitudes de prisión provisional presentadas por las acusaciones populares del PP. El magistrado, Leopoldo Puente, considera que, aunque existen indicios sólidos de delitos como cohecho y tráfico de influencias, no concurren riesgos suficientes de fuga, reiteración delictiva o destrucción de pruebas.
El juez Leopoldo Puente ha rechazado este lunes la petición del Partido Popular de imponer prisión provisional, comunicada y sin fianza, a José Luis Ábalos y Koldo García. En cambio, decidió ratificar las medidas cautelares vigentes —retirada del pasaporte, prohibición de salir del país y comparecencias quincenales—según ha informado Infobae.
La decisión judicial se produce en el marco del ‘caso Koldo’, una investigación que vincula a Ábalos y su exasesor con una trama de presuntas adjudicaciones irregulares de obra pública y comisiones a cambio, durante la etapa del exministro (2018‑2021). El último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil presenta grabaciones y otros indicios ligados a empresas como Acciona y a operaciones de alquileres vinculadas a los investigados.
El auto destaca que existen “sólidos indicios de criminalidad”, pero el juez considera que no concurren razones suficientes para limitar gravemente el derecho a la libertad. En particular, no vislumbra riesgo de fuga, reiteración delictiva o destrucción de pruebas.
La Fiscalía Anticorrupción había respaldado la continuidad de las cautelares, mientras que el PP insistía en la necesidad de prisión provisional. Desde Madrid, el portavoz popular Borja Sémper ha criticado al Gobierno, afirmando que “Ábalos y Koldo podrán aplazar sus confesiones, pero Sánchez no puede aplazar su dimisión”.




